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INCENTIVOS FISCALES UNA GRAN OPORTUNIDAD PARA INVERTIR EN EL PAÍS DE EL SALVADOR |
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El Estado y gobierno de El Salvador han emitido una serie de normativas orientadas a incentivar y facilitar la inversión tanto nacional como extranjera y/o mixta dentro de las cuales y más importantes establecen:
Lo importante es que, la Ley de Inversiones le otorga iguales condiciones a las compañías nacionales, extranjeras y/o mixtas. 2.1) LEY DE ZONAS FRANCAS INDUSTRIALES Y DE COMERCIALIZACIÓN Esta ley y sus reformas establecen los siguientes beneficios.
Cualquier compañía nacional extranjera puede establecerse y operar desde una Zona Franca o Recinto Fiscal, si está involucrada en la producción, ensamble, manufactura, procesamiento, transformación o comercialización de bienes y servicios; además de la oferta de servicios relacionados con el comercio internacional o regional. El país cuenta con más de 15 zonas francas bien desarrolladas con servicios que facilitan la infraestructura para el desarrollo y fomento de industrias ligeras y pesadas. 2.2) LEY DE SERVICIOS INTERNACIONALES. Esta ley y sus reformas establecen los siguientes beneficios.
Todos los sectores están abiertos a la inversión extranjera, sin límite de participación, con la excepción que marca la ley, tales como: el comercio, la industria y la prestación de servicios en pequeño; a determinados usos y servicios de bienes públicos que requieren previa concesión del Estado de ellos y a entidades financieras. Política Monetaria La Ley Integración Monetaria, que fijó el valor del colón salvadoreño en 8.75 por US$1.00, entró en vigencia el 1º de enero de 2001. Esto permitió el uso del dólar como moneda de curso legal. Uno de los beneficios inmediatos de la integración monetaria fue la eliminación de controles de cambio y el riesgo de devaluación. Aunado a todo esto la tasa de inflación se ha mantenido en un solo dígito. Política Fiscal: Durante los últimos años, el Sistema Impositivo Salvadoreño ha estado sujeto a un proceso de reforma a fin de simplificar la recaudación y de optimizar la eficiencia. Los ingresos por impuestos percibidos por el Estado con tal concepto han sido reducidos a cuatro grandes fuentes: A. Impuesto sobre la Renta. No obstante, existen otros tipos de impuesto, el Impuesto sobre las Bebidas Gaseosas o Endulzadas y el Impuesto sobre la Bebidas Alcohólicas Nacionales o Extranjeras. La tasa del Impuesto sobre la Renta Neta para personas jurídicas sin perjuicio de su domicilio o nacionalidad es del 30% sobre la renta imponible, o el 1% sobre los ingresos que excedan los $150,000.00, el que resulte de mayor importe, en consecuencia las empresas cuyos ingresos sean menores a los US$150,000.00, pagan una tasa del 25%. También aplica la retención del 5% al momento de ser distribuidas al accionista. La tasa del impuesto sobre la Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios (IVA) es del 13%. El año fiscal expira el 31 de diciembre. Las declaraciones de la renta se pueden presentar desde el 2 de enero hasta el 30 de abril En concordancia con mi Artículo anterior estos inventivos deberían estar homologados para todos los países de la región y así ir creando las bases para toda la región Centroamericana sea un solo portal de oportunidades para el mundo de las inversiones.
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LIC. REINALDO COTO AMAYA & ASOCIADOS